APERTURA DE LOS CENTROS EDUCATIVOS PARA SU DESINFECCIÓN Y TAREAS ADMINISTRATIVAS. FASE 1/BOE

Se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

En ella se estableces que, en aquellos territorios que hayan pasado a la Fase 1, los centros educativos podrán reabrir para su desinfección y para realizar tareas administrativas. En su artículo 18 indica que durante la realización de estas tareas, deberá garantizarse una distancia física de dos metros entre trabajadores y que será responsabilidad de los directores de los centros educativos determinar el personal docente y auxiliar necesario para llevar a cabo dichas tareas, garantizar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas y proveer a los trabajadores del material de protección necesario.

La orden recoge también que las instalaciones deberán ventilarse diariamente, que se modificará la distribución del personal para garantizar que se mantengan las distancias de seguridad y que en las áreas de atención al público dispondrán de medidas de separación.

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Orden SND/399/2020 de 9 de mayo

Resumen Orden SND/399/2020