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22 marzo, 2022

Nuevas modificaciones del XI Convenio de Enseñanza Privada

Compartimos las modificaciones relativas al XI Convenio Colectivo Nacional de Centros de Enseñanza Privada. Estas modificaciones aún no han sido publicadas en el BOE

Artículo 15:

• Se eliminan referencias al contrato de obra o servicio.
• Se reduce el tiempo de 24 meses a 18 y el periodo de 30 meses a 24, para poder haber estado contratado con dos o más contratos temporales.

Artículo 16: Contratos para la sustitución de la persona trabajadora

• Podrá comenzarse antes de la ausencia del trabajador coincidiendo ambos trabajadores para mejorar el desempeño adecuado del puesto.
• Contrato válido para completar jornada reducida de otro trabajador y mientras dura el proceso de selección de un puesto de trabajo (3 meses).

Artículo 17: Se elimina el uso de de contrato de obra o servicio

• Se respeta los celebrados antes del 31 de diciembre de 2021 hasta la finalización de su duración máxima.

Artículo 18: Contrato de duración determinada

• Responder a circunstancias ocasionales e imprevisibles que generan un desajuste del empleo.
• Esta modalidad sirve para las oscilaciones generadas por las vacaciones.
• Duración máxima de 12 meses. Si la duración es inferior se podrá prorrogar una sola vez, sin que pase de la duración máxima.
• Para responder a circunstancias ocasionales y previsibles de corta duración con un máximo de 90 días.

Artículo 19: Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional

• Remisión expresa al contenido de los apartados 3) y 4) del artículo 11.
• Se establece una retribución que no podrá ser inferior al 95% del salario fijado para el puesto que desarrolle.

Artículo 20: Contrato de formación y alternancia

• Dada la extensión de su regulación se hace una remisión expresa al contenido del artículo 11 2) y 4) del ET.
• Se establece una retribución que no podrá ser inferior al SMI del tiempo efectivamente trabajado el primer año y el 100% del SMI, independientemente del tiempo trabajado, en el segundo año.

Artículo 21:

• Se suprimen referencias a los contratos formativos de la anterior regulación.
• Se simplifica la redacción

Artículo 38: Cuidado de hijo o familiar

• Reducción de jornada para acompañar a la mujer gestante conforme al contenido del artículo 37. 3 del ET.

Artículo 47: Cuidado del lactante

• Elimina las referencias a Madre o Padre por la de personas trabajadoras, conforme al artículo 37. 5 del ET

Documentos relacionados:

Cartel XI Convenio de Enseñanza Privada – Modificaciones previas a la publicación en el BOE Castellano

Cartel XI Convenio de Enseñanza Privada – Modificaciones previas a la publicación en el BOE Inglés

 

 

Categorías: Actualidad, Condiciones laborales

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