Enrique Ríos, secretario general de la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza reflexiona sobre la enseñanza concertada en un artículo opinión en el periódico La Razón.
La enseñanza concertada ocupa una posición singular dentro del sistema educativo español. Resulta difícil encontrar otro ámbito de los servicios públicos que, después de cuarenta años de funcionamiento, siga generando un debate tan intenso sobre su propia legitimidad. Escolariza aproximadamente a uno de cada cuatro alumnos del sistema educativo español y constituye una pieza esencial del servicio público educativo. Sin embargo, continúa siendo objeto de una discusión que trasciende lo educativo para instalarse, una y otra vez, en el terreno ideológico.
Mientras nadie cuestiona la existencia de hospitales concertados, servicios sociales gestionados por entidades privadas u otras fórmulas de colaboración público-privada, la enseñanza concertada sigue viéndose obligada a justificar su propia existencia. Ese constituye, precisamente, el primero de sus grandes problemas: el sectarismo con el que una parte de la política continúa aproximándose a esta realidad. No se discute si presta un buen servicio, si responde a una demanda social consolidada o si contribuye al ejercicio efectivo del derecho a la educación. Se cuestiona, sencillamente, su propia legitimidad.
Escolariza a uno de cada cuatro alumnos del sistema educativo español
Sin embargo, la realidad es mucho más sencilla de lo que a menudo se pretende transmitir.
La enseñanza concertada no nació como una concesión política ni como una solución provisional ante la insuficiencia de plazas públicas. Nació como consecuencia directa del modelo educativo diseñado por la Constitución de 1978, que reconoció simultáneamente el derecho a la educación, la libertad de enseñanza y la obligación de los poderes públicos de ayudar a los centros docentes que reunieran los requisitos establecidos por la ley. Sobre esa base se construyó posteriormente el sistema de conciertos educativos, permitiendo que las familias pudieran ejercer libremente su derecho a elegir proyecto educativo sin que su capacidad económica constituyera un obstáculo.
Dos formas de prestar un mismo servicio público
La Ley Orgánica del Derecho a la Educación desarrolló ese modelo configurando un sistema mixto en el que conviven centros de titularidad pública y centros de iniciativa social sostenidos con fondos públicos. La cuestión jurídica quedó resuelta hace décadas: no estamos ante dos sistemas educativos enfrentados, sino ante dos formas de prestar un mismo servicio público. Gracias a este modelo, millones de alumnos han accedido a una educación gratuita y millones de familias han podido ejercer de forma real la libertad de enseñanza reconocida por la Constitución.
Pese a ello, la enseñanza concertada nunca ha conseguido desprenderse de una sospecha política permanente. Cada reforma educativa reabre debates que parecían superados, cada discusión presupuestaria vuelve a poner en cuestión su financiación y cada mejora que afecta a sus profesionales parece requerir una justificación adicional que no se exige en otros ámbitos del servicio público educativo.
La reciente tramitación del Proyecto de Ley para la reducción de la carga lectiva constituye un ejemplo especialmente significativo. El propio Gobierno sostiene que reducir las horas lectivas mejorará la calidad educativa, favorecerá una atención más personalizada al alumnado, reforzará la inclusión y dignificará las condiciones del profesorado. Son argumentos plenamente compartidos por quienes trabajamos en educación.
El Proyecto de Ley para la reducción de la carga lectiva, un ejemplo significativo
La paradoja es que el propio Proyecto de Ley excluye de esa mejora al profesorado de los centros concertados sostenidos con fondos públicos.
La pregunta resulta inevitable: si reducir la carga lectiva mejora la calidad de la educación, ¿por qué deja de hacerlo cuando hablamos de la enseñanza concertada? La respuesta no parece encontrarse en criterios pedagógicos, organizativos ni jurídicos. La Ley Orgánica de Educación reconoce expresamente que la enseñanza concertada forma parte del servicio público educativo y el Consejo Escolar del Estado aprobó por unanimidad la conveniencia de extender esta medida también a sus profesionales. Resulta difícil sostener que una mejora considerada positiva para el sistema educativo deje de serlo únicamente por la titularidad del centro en el que estudian los alumnos o trabajan los docentes.
Pero si existe un problema derivado del sectarismo de unos, también conviene reconocer la existencia de otro problema menos visible: los complejos de otros.
Fue un gobierno socialista el que impulsó la enseñanza concertada
Existe una paradoja difícil de ignorar. El modelo de conciertos educativos que hoy conocemos fue desarrollado por la Ley Orgánica del Derecho a la Educación de 1985, impulsada por un Gobierno socialista. Y lo hizo basándose en los ejemplos de otros paises de Europa.
La educación concertada no es una particularidad exclusiva de España. La UE y la OCDE conocen este modelo como “escuelas privadas dependientes del gobierno» /government-dependent private schools. Francia, Alemania, Inglaterra, Irlanda, Holanda, Belgica, Dinamarca, Suecia son algunos de los paises que ostentan modelos similares con un porcetaje sobre el total del alumnado que oscila entre el 15% de Suecia y el 70% de Paises Bajos.
Sin embargo, quienes contribuyeron decisivamente a consolidarlo han terminado, con el paso de los años, convirtiéndolo con frecuencia en un elemento de confrontación ideológica. Y quienes han asumido su defensa han sido incapaces, en demasiadas ocasiones, de hacerlo con la firmeza necesaria para corregir las desigualdades que se han ido acumulando durante décadas.
Los módulos económicos de los conciertos han evolucionado sistemáticamente por debajo del coste real
La infrafinanciación de la enseñanza concertada no es un problema reciente ni puede atribuirse a un único gobierno. Es una realidad acumulada durante décadas bajo ejecutivos de distinto signo político. Los módulos económicos de los conciertos han evolucionado sistemáticamente por debajo del coste real del puesto escolar mientras los centros asumían nuevas responsabilidades, mayores exigencias administrativas, más atención a la diversidad, más inclusión y una creciente complejidad organizativa.
Las consecuencias son evidentes. Los docentes continúan soportando, con carácter general, mayores cargas lectivas que sus compañeros de la enseñanza pública. El personal de administración y servicios sigue siendo uno de los colectivos más perjudicados por una financiación insuficiente. Los centros afrontan nuevas obligaciones con recursos limitados y las familias contemplan cómo aumenta la exigencia sobre un modelo cuya financiación continúa sin responder al coste efectivo del servicio que presta.
Lo preocupante es que esta situación haya terminado por asumirse con una cierta normalidad. Como si reclamar igualdad de trato constituyera una reivindicación corporativa y no una exigencia derivada de formar parte del mismo servicio público educativo. Ese es el verdadero efecto de los complejos: aceptar como inevitables diferencias que nunca deberían haberse considerado normales.
La enseñanza concertada no reclama privilegios, reclama coherencia
La enseñanza concertada no reclama privilegios. Reclama coherencia. Si una medida mejora la calidad educativa, debe beneficiar a todos los alumnos sostenidos con fondos públicos. Si dignifica la profesión docente, debe alcanzar a todos los docentes que prestan ese servicio. Y si el objetivo es fortalecer el sistema educativo, resulta difícil comprender que una parte esencial del mismo continúe siendo tratada como una realidad accesoria.
Quizá esa sea también una condición imprescindible para alcanzar algún día el tantas veces invocado pacto educativo: abandonar definitivamente el sectarismo de quienes siguen cuestionando la legitimidad de la enseñanza concertada y superar los complejos de quienes, aun creyendo en ella, han renunciado demasiadas veces a defenderla con la firmeza necesaria.
Porque la verdadera igualdad no consiste en proclamar principios, sino en aplicarlos con coherencia. Y esa coherencia exige reconocer, de una vez por todas, que todos los centros sostenidos con fondos públicos forman parte de un mismo servicio público educativo y merecen la misma consideración, el mismo respeto institucional y las mismas oportunidades de mejora.
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