El Boletín Oficial del Estado de ayer, 25 de mayo de 2021, publicaba la Orden TES/501/2021, de 20 de mayo, por la que se incrementan, con carácter extraordinario durante 2021, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad en los centros especiales de empleo establecidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 de octubre de 1998.
¿En qué consiste la ayuda?
Con carácter extraordinario, y durante el ejercicio de 2021, las subvenciones destinadas al mantenimiento de puestos de trabajo de personas con discapacidad contratadas en centros especiales de empleo con un tipo y grado de discapacidad, serán por un importe del 55% del salario mínimo interprofesional. En el caso de contrato de trabajo a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada.
¿Quiénes son beneficiarios de estas ayudas?
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, incluidas las personas con trastorno del espectro del autismo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por ciento.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65% .
¿Dónde se aplican estas ayudas?
El ámbito de aplicación de la orden ministerial se extiende a todo el territorio nacional, sin perjuicio de las competencias de ejecución y de auto organización que tienen reconocidas las comunidades autónomas.
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