PLAZAS DE GRATUIDAD. CONVENIO DE CONCERTADA. CURSO 2020/2021

El Trabajador, con al menos una dedicación igual a la mitad de la jornada laboral anual según su categoría y grupo profesional, sea del propio centro o de otro diferente, deberá dirigirse mediante el modelo de solicitud que se adjunta como Anexo I, por triplicado, hasta el 12 de junio, al centro escogido.

Los solicitantes deberán adjuntar fotocopia completa de la/s declaración/es de la renta de 2018. En caso de no estar obligado deberá aportar certificado negativo de esta situación, o en su defecto, de haberes de la empresa donde preste sus servicios.

La presentación al centro de esta solicitud y la documentación, deberá hacerse, a elección del trabajador, de manera presencial en horario del centro y/o con cita previa, o por medio de correo certificado con acuse de recibo o burofax.

En caso de no aportar las copias de las declaraciones de la renta o de haberes de la empresa, o certificado de Hacienda de que no está obligado a presentar declaración, se entenderá que no reúne los requisitos y se denegará la solicitud. Este requisito no será necesario para los trabajadores del propio centro.

  • El Centro sellará tres ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno original. Solo en el caso que se quiera reclamar la denegación de la beca deberá presentar copia junto al escrito de reclamación al sindicato que estime conveniente.
  • El Centro comunicará obligatoriamente al solicitante, razonadamente y por escrito, hasta el 18 de junio la denegación. En el caso de no comunicar la denegación por escrito, se entenderá automáticamente concedida.
  • En caso de denegación el Centro estará obligado a enviar a su Entidad Empresarial o en su defecto a la Comisión Provincial de Becas, por correo certificado o correo electrónico (calle Hacienda de Pavones 5, 2° dcha. o Marqués de Mondéjar 29 y 31, 1°), el anexo II debidamente cumplimentado, firmado y sellado.

El trabajador a quien se le hubiere denegado expresamente la beca dentro del plazo señalado anteriormente y desee reclamar, deberá dirigir su reclamación por escrito, adjuntando fotocopia, a la Central Sindical que estime oportuno hasta el día 22 de junio y éstas la harán llegar a las Organizaciones Empresariales hasta el 26 de junio.

  • La Comisión decidirá sobre las reclamaciones con los datos que hayan sido aportados, sin recurso posible ante ella y sin perjuicio de que tales decisiones impidan a los reclamantes recabar la tutela de sus derechos.
  • Las decisiones adoptadas por la Comisión se basarán en los documentos disponibles aportados por las partes, no pudiendo ser cuestionados por esta Comisión. La veracidad de la documentación que se haya entregado, será responsabilidad de las partes.

La Comisión resolverá las reclamaciones con los datos que hayan sido aportados a la misma y para ello, se reunirá el día 2 de julio en la sede de EDUCACIÓN Y GESTIÓN – MADRID (en caso de no ser posible de manera presencial, se realizará telemáticamente).

En el caso de que alguna resolución quedase pendiente, la misma, se reunirá el 8 de Julio (en caso de no ser posible de manera presencial, se realizará telemáticamente), para supervisar el proceso y resolver las reclamaciones en la sede que se decida en la reunión anterior.

La decisión de la Comisión será vinculante para el trabajador y el centro. La decisión de la misma será definitiva y no admite recurso alguno ante esta Comisión en aplicación del nº 4 del Anexo IV del VI Convenio Colectivo. La Comisión destruirá la documentación después de un año.

DOCUMENTO COMPLETO

ACTA

ANEXO 1

ANEXO 2