Becas de comedor Comunidad de Madrid curso 25/26

La Comunidad de Madrid convoca BECAS DE COMEDOR ESCOLAR para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad de Madrid para el curso 2025-2026

PLAZO de presentación de solicitudes: Desde el día 18 de junio hasta el día 15 de julio de 2025, ambos inclusive.

Todos los alumnos solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
  • Familia beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción o beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción.
  • Familia beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 8.400 euros del ejercicio económico que se determine en la orden de declaración de créditos presupuestarios disponibles y que se no encuentre en el apartado anterior.
  • Familia con una renta per cápita inferior a 8.400 euros, del ejercicio económico que se determine en la orden de declaración de créditos presupuestarios disponibles.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar víctima de violencia de género o víctima del terrorismo. En caso de víctima del terrorismo, se considerará víctima del terrorismo a quien tenga tal condición por Resolución del Ministerio del Interior cuando, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o a Fuerzas Armadas, con destino en la Comunidad de Madrid.
  • Alumno en situación de acogimiento familiar (acogimiento familiar temporal, acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción).
  • Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar.
  • Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
  • Familia numerosa con una renta per cápita a partir de 8.400 euros e inferior a 10.000 euros.
  • Cursar estudios en las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria en alguno de los siguientes tipos de centros:
  1. Escuelas Infantiles de titularidad pública.
  2. Escuelas infantiles privadas sostenidas con fondos públicos con Convenio con la consejería competente en materia de Educación.
  3. Colegios públicos de Educación Infantil y Primaria, incluidos aquellos cuyo servicio de comedor sea prestado a través de las entidades locales.
  4. Colegios públicos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.
  5. Colegios privados de Educación Infantil, Primaria y Secundaria sostenidos con fondos públicos, en las etapas educativas obligatorias (Primaria y ESO) y Educación Infantil de 2º ciclo.
  6. Colegios Rurales Agrupados (CRA), incluidos aquellos cuyo servicio de comedor lo estén prestando las entidades locales.
  7. Institutos de Educación Secundaria, que cuenten con servicio de comedor debidamente autorizado, en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria.

BOCM

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