El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones estudia crear un nuevo marco regulador de la compatibilidad de trabajo y pensión, para ello lleva semanas trabajando junto con los agentes sociales en un borrador de documento, en el que modifica, entre otras cuestiones, la jubilación parcial proponiendo un endurecimiento de las condiciones de acceso.
Modificaciones planteadas
Una de las figuras a modificar es la jubilación parcial con el contrato de relevo. Hasta la fecha se accede cuando el trabajador cumple la edad de 62 años y seis meses o 64 años en función del periodo de cotización acreditado. Esta modalidad implica que el trabajador de acuerdo con el empleador reduce su jornada entre un 50% y un 75%, firmando para ello un contrato a tiempo parcial. El trabajador jubilado parcialmente recibe un salario correspondiente a la proporción de tiempo trabajado y la disminución de estos ingresos se ve compensada por el abono, por parte del INSS, de una percepción parcial de la prestación de jubilación. En esta modalidad el empleador se ve obligado a contratar a otro trabajador, con unas determinadas condiciones -desempleado o en situación de mejora de la empleabilidad-, que debe cubrir con un contrato de sustitución de al menos el 50% de la jornada que el trabajador jubilado parcialmente deja de trabajar, o la jornada completa para el caso en que el jubilado parcialmente reduzca el 75% su jornada.
Las modificaciones planteadas ahora por el Gobierno afectarían a lo siguientes requisitos:
- edad de jubilación, pudiendo acceder a la misma como máximo con dos años de antelación a la edad de jubilación ordinaria;
- tipo de contrato del relevista que tendrá que ser indefinido a tiempo completo;
- subida de las bases de cotización del relevista que serán como mínimo igual al 75% de la base de cotización del trabajador jubilado parcial de la media de los 6 últimos años -actualmente en 65%-;
- imposibilidad de acumular la jornada, como se venía haciendo de forma habitual,
- se aumentará el periodo mínimo exigido de cotización para acceder a esta modalidad de jubilación, situado actualmente en los 33 años.
El Ministerio deja la puerta abierta a flexibilizar la edad de acceso -tres años antes de la edad de jubilación- cuando se cumplan con ciertos requisitos como trabajar en sectores considerados «penosos», trabajar en empresas que cuenten con, al menos, un 85% de trabajadores con contratos fijos, reducir un máximo de un 50% con coeficientes reductores o que el cálculo de la jubilación no se vuelva a recalcular.
Estas propuestas de variación restrictivas no son algo nuevo. Esta modalidad se ha ido modificando legislativamente en las principales normas de Seguridad Social a lo largo de las últimas décadas. Se han ido endureciendo algunos de los requisitos de acceso más importantes como la edad de acceso, los años de cotización, los porcentajes de jubilación e incrementos de las cotizaciones resultantes de la jubilación parcial tanto al trabajador jubilado como al sustituto, entre otros.
Gran parte de las administraciones educativas autonómicas, a través de acuerdos con las organizaciones sindicales y patronales más representativas del sector, han venido a paliar el principal escollo -costes seguridad social-, facilitado el acceso a la jubilación parcial, a través de la financiación necesaria para cubrir los sobrecostes de Seguridad Social impuestos por las últimas modificaciones.
Nuestra valoración
Un mayor endurecimiento de las condiciones actuales de acceso a la jubilación parcial puede ser una medida muy negativa que afecta a los trabajadores del sector educativo y de atención a personas con discapacidad.
Con la modificación de los actuales requisitos, ya de por sí bastante restrictivos, estamos perdiendo la oportunidad de una transición gradual hacia la jubilación completa que afecta, por un lado, a los trabajadores más mayores que poseen el mayor índice de absentismo por incapacidades temporales como consecuencias de estrés y fatiga y por otro, a los trabajadores más jóvenes a los que se impide el acceso a un puesto de trabajo.
FSIE pide a los agentes sociales, especialmente a los sindicatos UGT y CCOO, que no acepten la modificación del actual escenario de jubilación parcial, especialmente el del contrato de relevo, porque supondría una situación muy perjudicial para los trabajadores del sector de la educación y atención a personas con discapacidad.
Asimismo, y en aras de suplir los efectos negativos de una hipotética modificación de la jubilación parcial con contrato de relevo como la que se propone, FSIE reitera, como ya viene haciendo desde hace tiempo, la necesidad de reconocer las características particulares del trabajo de los profesionales de la educación y atención a personas con discapacidad de forma que puedan acceder en condiciones más favorables no solo a la jubilación parcial, sino también a otras modalidades.
FSIE como medida alternativa a esta modificación seguirá reclamando de las administraciones educativas la reducción generalizada de la carga lectiva y muy especialmente para los trabajadores mayores de 58 años.
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